Vicent Ortells Gil
Hace solo unos días una orden judicial obligaba al Hospital de la Plana de Vila -real a realizar un tratamiento con ozono a un enfermo de Covid-19 ingresado en la UCI de dicho centro. El juez accedía así, a pesar de las protestas de los profesionales sanitarios del centro y de los colegios de médicos, a las peticiones de la esposa al respecto del tratamiento al enfermo argumentado un fin “compasivo” del mismo.
Pero, ¿qué sabemos exactamente del tratamiento específico con ozonoterapia para los enfermos de Covid-19? A pesar de que se están llevando a cabo estudios sobre el tratamiento con ozono, no solo en casos de infecciones por Covid-19 sino con otras enfermedades, lo cierto es que a día de hoy esos tratamientos no están aprobados por ninguna agencia reguladora del medicamento. Solo la Agencia China del Medicamento tiene registrados estudios con ozonoterapia, pero no se han publicado resultados al respecto.
El ozono es un gas que, en determinadas condiciones y tiempos de exposición, puede ser muy perjudicial para la salud. Ahora bien, ¿cómo y de qué manera se aplica a los enfermos? Existen diversas formas, las habituales consisten en insuflar el gas al interior del paciente a través de diferentes vías, ya sea por vía rectal, intravenosa, vaginal o directamente por inhalación.
El hospital ibicenco Policlínica del Rosario llevó a cabo el año pasado el primer ensayo de ozonoterapia sobre un paciente de Covid-19 en estado grave. Según publica el mismo centro el ensayo fue todo un éxito, pero desde entonces poco más sabemos. En este caso concreto la técnica utilizada se basó en la extracción de unos 150 mililitros de sangre de la vena del paciente que fueron llevados directamente a una botella de vacío. Paralelamente se obtuvo ozono de un generador, que se unió a la sangre en la botella de vacío, obteniendo una mezcla que posteriormente se introdujo de nuevo en el organismo del enfermo por vía intravenosa.
En cualquier caso hablamos de una terapia de la que se desconocen en la actualidad los beneficios y daños que pueda causar, tanto a corto, medio o largo plazo. La pandemia global que vivimos desde hace casi año y medio ha sacudido toda nuestra existencia y ha puesto de manifiesto la escasa preparación que tenía nuestra sociedad ante circunstancias como la que nos hemos encontrado. Una de las pruebas más patentes de ello han sido los propios jueces, que se han convertido no ya en reguladores de lo que se puede o no se puede hacer, de lo que está bien o está mal, si no que ahora también deciden sobre cuestiones sanitarias, médicas o epidemiológicas , como la conveniencia o no de las medidas de contención de un virus o la aplicación de un terapia no suficientemente probada, algo para lo que, evidentemente, no están preparados.