El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana desestima la petición que presentó ASHOCAS (Asociación Hostalera de Castellón) solicitando la suspensión cautelar de las medidas adoptadas en su sector por la Generalitat Valenciana en el intento de frenar la expansión de la pandemia por Covid-19. Los argumentos expuestos por el TSJCV en su escrito son los siguientes:
Los genéricos perjuicios que alega el recurrente, en lo que se refiere al sector de la hostelería, son de carácter económico y, por ende, reparables, pues no debe olvidarse que la asociación recurrente ASHOCAS se dedica a la actividad de la hostelería. Cabría la «reparabilidad» de los perjuicios económicos, no solo los derivados de la disposición impugnada en el proceso en el caso de que la sentencia final estimara el recurso interpuesto, sino las compensaciones y ayudas que podría establecer el Estado o la propia Comunidad Valenciana dentro de la reactivación económica tras las restricciones en situaciones «tan graves» como la pandemia.
En el otro lado de la balanza, tenemos el interés general sanitario, la funcionalidad del sistema público de salud, el derecho a la salud de las personas y su derecho a la vida. Consideramos «evidente» la prevalencia de estos intereses generales, valores y derechos sobre los intereses del recurrente como también los son sobre otros, como los de ocio, restauración y recreo.